jueves, 16 de octubre de 2014

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LOS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO EN TORNO A LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD


SEN. LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
CÁMARA DE SENADORES
P R E S E N T E

HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA, DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO, LILIA GUADALUPE MERODIO REZA, ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA, MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR, CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO y JUANA LETICIA HERRERA ALE, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables presentamos ante esta Soberanía, una proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES

1.- La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tuvo sus orígenes a finales de los años ochenta, propuesta por Italia.

Posteriormente, en 1993, la Organización de las Naciones Unidas adoptó las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, normas que sirvieron de modelo para la legislación de muchos países, ya que proporcionaron lineamientos de políticas públicas sobre la promoción de las oportunidades para las personas con discapacidad. Sin embargo, dichos instrumentos carecieron del poder jurídico vinculante necesario para que los Estados Parte que las aprobaron se sujetaran a ellas.

Derivado de lo anterior, surgió la necesidad de realizar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en donde se establecieran obligaciones jurídicas para los Estados que la firmen y ratifiquen.

El propósito de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es promover, proteger y garantizar el disfrute pleno del conjunto de los derechos humanos por las personas con discapacidad, retomando una serie de ámbitos fundamentales como la accesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la rehabilitación, la participación en la vida política, la igualdad y la no discriminación, sin necesidad de crear algún derecho nuevo y únicamente expresando los derechos existentes que deberán atender íntegramente las necesidades y la situación de las personas con discapacidad.

Sus antecedentes recientes, relacionados con México, son desde el 13 de diciembre de 2006, cuando el Comité Especial de la Organización de las Naciones Unidas, encargado de preparar una Convención Internacional amplia e integral para proteger y promover los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad, aprobó el texto definitivo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Posteriormente, el 30 de marzo de 2007, el Ejecutivo Federal firmó el documento, enviándolo al Senado de la República para su aprobación y trámite correspondiente, que tuvo efecto el 27 de septiembre del mismo año, siendo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre siguiente, entrando en vigor el 3 de mayo de 2008.

2.- Dentro de sus mecanismos de control y seguimiento, la Convención establece la creación de un Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad, el cual estará conformado por 18 expertos, quienes se encargarán de evaluar los Informes presentados por los Estados Partes.

Dichos informes deberán contemplar las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la presente Convención, en los cuales se podrán indicar factores y dificultades que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones contraídas.

En ese sentido, dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigor de la Convención (3 de mayo de 2008), los Estados Parte entregarán su primer Informe respecto de las medidas diseñadas e implementadas para hacer frente a la responsabilidad que implica el cumplimiento del tratado internacional.

En virtud de lo anterior, los pasados días 16 y 17 de septiembre, el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad en sus sesiones 145ª y 146ª examinó el informe inicial de México, aprobando las observaciones finales en la 167ª sesión, celebrada el 30 de septiembre de 2014.



Dentro de estas observaciones se recomienda al Estado Mexicano lo siguiente:

·      El Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos en el ámbito del proceso de armonización legislativa con la Convención a fin de que todos los estados federales eliminen terminología derogatoria de los derechos de las personas con discapacidad.

·      El Comité recomienda al Estado parte que establezca mecanismos regulares para convocar consultas con las organizaciones de personas con discapacidad, asegurando que sus opiniones sean consideradas adecuadamente.

·      Recomienda al Estado parte establecer líneas presupuestarias específicas para cumplir sus objetivos en materia de igualdad, así como acciones específicas para combatir casos de discriminación interseccional, basadas en la discapacidad, la edad, el género, la pertenencia a pueblos indígenas y la ruralidad, entre otros factores de exclusión.

·      Poner en marcha la legislación y todos los programas y acciones previstas para las mujeres y niñas con discapacidad, incluidas medidas de nivelación y acción afirmativa, para erradicar su discriminación en todos los ámbitos de la vida, garantizando su participación efectiva en su diseño e implementación.

·      Garantizar la consideración de los niños y niñas con discapacidad en la legislación, políticas y medidas dirigidas a la infancia del Estado parte bajo el principio de igualdad de condiciones.

·      Diseñar e implementar un Plan Nacional de Accesibilidad aplicable al entorno físico, al transporte, a la información y a las comunicaciones.

·      Adoptar un plan nacional de atención en situaciones de riesgo y emergencias humanitarias, que incluya de manera transversal a las personas con discapacidad, y a las instituciones que las atienden.

·      Implementar las medidas legislativas, financieras y otras que sean necesarias para asegurar la vida independiente de las personas con discapacidad en la comunidad.

·      Revisar y armonizar su Código Civil para garantizar los derechos de todas las personas con discapacidad a casarse y a ejercer la custodia, la tutela y la guarda de sus hijos e hijas.

·      Reconocer en su legislación y políticas un sistema de educación inclusiva en todos los niveles de la educación –primaria, secundaria y superior-, y el desarrollo de ajustes razonables con recursos presupuestarios suficientes y formación adecuada de los docentes regulares.
·      Fortalecer con recursos adecuados los programas de acceso al empleo para las personas con discapacidad, en particular personas con discapacidad intelectual y psicosocial incluyendo medidas que incentiven su contratación en el sector privado.
3.- Es una realidad que el Estado Mexicano ha trabajado en favor de la protección integral de los derechos humanos de las personas con discapacidad, como lo demuestran el mismo Comité al señalar que reconoce la adopción de legislación y de políticas públicas así como los protocolos y directivas con el propósito de promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad, entre los que destacan:

·      La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (2011);
·      La reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2014);
·      La Ley en materia de Telecomunicaciones y de Radiodifusión (2014);
·      El Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018;
·      El Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018;
·      El Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad (2014-2018);
·      El Programa Nacional para la Igualdad y la No-discriminación (2014-2018);
·      El Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2013-2018;
·      El Programa de Prevención, Rehabilitación e Inclusión social de las Personas con Discapacidad;
·      El Programa especial de Migración de 2014; y
·      El Protocolo para la Impartición de justicia en casos que involucren a personas con discapacidad.
Adicionalmente a ello, tenemos que reconocer que los esfuerzos continúan y que la presente administración no ha sido omisa a ello, ya que entre las diversas acciones que contempla el Plan Nacional de Desarrollo para al actual sexenio, establece por vez primera en la historia del país, la elaboración del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad[1].

Asimismo en materia de inclusión, dentro de sus estrategias, destaca lo siguiente:
VI.2. México Incluyente
Objetivo 2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
Estrategia 2.2.4. Proteger los derechos de las personas con discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena.
Líneas de acción
·      Establecer esquemas de atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su rehabilitación.

·      Diseñar y ejecutar estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el sector productivo.

·      Asegurar la construcción y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la accesibilidad.

4.- Es necesario que como Estado trabajemos en la creación, desarrollo y fortalecimiento de las medidas y políticas tendientes a garantizar la inclusión de las personas con discapacidad y el respeto pleno de sus derechos.

Ello, en virtud de que las recomendaciones realizadas por el Comité de la ONU a México, como Estado, consta de acciones que por la distribución de competencias y ámbitos, competen a los tres órdenes de gobierno, es imperante que conozcan las recomendaciones señaladas y trabajemos en su cumplimentación.

Por lo anteriormente descrito, con el firme propósito de promover el trabajo a favor de las 7.7 millones de personas que viven con discapacidad en México, se somete a consideración del Pleno la siguiente Proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Federación y a las Entidades Federativas en sus tres poderes, así como a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a publicitar y darle puntual seguimiento a las Observaciones realizadas por el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad, al informe inicial de México respecto del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

 Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores, a 9 de octubre de 2014.





SENADORA HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA   





SENADORA DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO





SENADORA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA





SENADORA ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA





SENADORA MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR





SENADORA CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO





SENADORA JUANA LETICIA HERRERA ALE.


[1] Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

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