El día de hoy 25 de abril de 2013, en el marco del Día del Niño, las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, Para la Igualdad de Género, Especial de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, y de Asuntos Indígenas, en coordinación con el Sistema Integral de la Familia, llevaron a cabo el evento "La niñez de México, una expresión de sus derechos desde el Senado.
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Senadora Hilda Esthela Flores
Escalera
DISCURSO PARA EL EVENTO: “LA NIÑEZ DE
MÉXICO, UNA EXPRESIÓN DE SUS DERECHOS DESDE EL SENADO”
Senado de
la República a 25 de abril de 2013.
· Muy buenos días niñas y niños.
Estimados:
· Senador Ernesto Cordero Arroyo,
Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República.
· Senador Emilio Gamboa Patrón,
Presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.
· Isabel Crowley,
Representante del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en México
(UNICEF)
· Licenciada Laura Vargas Carrillo,
Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia (DIF)
· Licenciada Nuvia Mayorga Delgado,
Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas (CDI).
· Senadora Diva Hadamira Gastélum
Bajo, Presidenta de la Comisión Para la Igualdad de
Género
· Senadora Martha Elena García
Gómez, Presidenta de la Comisión Especial de los Derechos
de la Niñez y de la Adolescencia
· Senadora
Angélica De la Peña Gómez, Presidenta de la Comisión de
Derechos Humanos
· Senador Eviel Pérez Magaña,
Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas.
· Lic. Carolina Viggiano Austria,
Directora del Consejo Nacional de Fomento Educativo
· Licenciado Felipe Solís Acero,
Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de
Gobernación
·
Mtro. Jesús Eduardo Toledano Landero, Director General del Consejo Nacional para el
Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS)
·
Licenciado
Ricardo Antonio Bucio Mújica, Presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
·
Mtro.
Javier López Sánchez, Director General del Instituto
Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)
· Licenciado
Juan Martín Pérez García,
Director Ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM).
Bienvenidos sean todas y
todos ustedes a esta celebración en la que conmemoramos con gran entusiasmo el
día de la niña y el niño.
Hemos denominado a este evento: “La Niñez de México, una expresión de sus
derechos desde el Senado”, con la finalidad de que hagamos un ejercicio de reflexión y
retroalimentación que nos permita conocer sus inquietudes, hacer conciencia, y
con base en ello, desempeñar nuestra responsabilidad desde una perspectiva más
amplia.
Los derechos de niñas, niños y
adolescentes ocupan un lugar primordial en la agenda de esta LXII Legislatura;
esto se ha materializado en la presentación de iniciativas, puntos de acuerdo,
y otros instrumentos legislativos en la materia; pero además se ve reflejado en
la voluntad de los legisladores
para estar presentes y colaborar en la realización de este evento.
Estamos conscientes que garantizar los derechos de
niñas y niños no es una tarea sencilla, pues su especial condición los lleva a
vivir situaciones que vulneran de forma grave su desarrollo integral y
consecuentemente sus derechos. Del total de menores de edad, 60 por ciento son
víctimas de violencia, 11 por ciento de entre los 5 y
17 años de edad están trabajando, cada año alrededor de 40 mil niños y
niñas que migran son repatriados desde Estados Unidos y 34.4 por ciento de
niños entre 5 y 11 años presentan
obesidad o sobrepeso.
En esta Cámara de Senadores estamos decididos a
redoblar esfuerzos para trabajar a favor de la niñez de este país; estamos
convencidos de que para lograr mejores condiciones de vida son apremiantes los
acuerdos, las acciones y amplios consensos, que deben ser guiados por expertos
en la materia, por la opinión de la sociedad civil y especialmente por Ustedes,
niñas y niños (dirigiéndose a los niños presentes). Por ello estamos aquí.
En el Senado de la República, los
derechos de la niñez no son cosa de juego y nosotros lo asumimos con gran
responsabilidad. Por eso acepto el reto y me comprometo a promover que sus
derechos tengan sustento en normas realmente aplicables, observables y garantes
para los 39.2 millones de niñas, niños y
adolescentes del país.
Dándoles nuevamente una cordial bienvenida y agradeciendo su
presencia y gran interés en este evento, reitero mi voluntad de trabajar en el
fomento y respeto íntegro de la niñez, convencida de que para asegurarle a
México un futuro prometedor, se debe potencializar su mejor talento que
indudablemente son todos ustedes: las niñas, niños y adolescentes.
I.- ASPECTOS GENERALES:
Niñas, niños y adolescentes, por su especial
condición viven fenómenos sociales y situaciones multifactoriales que vulneran
de forma grave su desarrollo integral y consecuentemente sus derechos, tales
como:
·
Violencia
·
Adicciones
·
Trata de personas
·
Explotación sexual
·
Trabajo infantil
·
Desnutrición
·
Obesidad y Trastornos de la Conducta Alimentaria
·
Situación de calle
·
Migración
·
Embarazo en adolescentes
·
Falta de criterios generales en los procesos de adopción
·
La incipiente aplicación de un sistema integral de justicia aplicable adolescentes
a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por
las leyes penales, sistema en el cual verdaderamente se respeten los derechos
consagrados por la Constitución.
Dichos fenómenos sociales son causados por diversos
factores, teniendo cada uno de ellos consecuencias propias y con diferentes
intensidades, dependiendo de la edad o etapa por la que transiten niñas, niños
y adolescentes, debiéndose instrumentar acciones específicas de prevención y
atención, de acuerdo a esas circunstancias particulares.
Acciones
primordiales a desarrollar:
Primeramente, es necesario que trabajemos en la
creación de un nuevo marco jurídico que sea garante de los derechos de niñas,
niños y adolescentes y se aleje de la visión asistencialista con la que
históricamente se han tutelado sus derechos, de tal manera que se logren
armonizar los derechos asumidos en la Convención sobre los Derechos del Niño a
nuestra legislación nacional en los tres órdenes de gobierno.
Asimismo, es preponderante que en el diseño de la
política pública se atienda la visión garantista y se cumpla cabalmente con el
respeto íntegro del principio del interés superior de la niñez contenido en la
Carta Magna.
II.- MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
(Instrumentos más relevantes):
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL
NIÑO
Firma México: 26 de enero
de 1990
Aprobación Senado: 19 de
junio de 1990
Publicación DOF
Aprobación: 31 de julio de 1990
Entrada en vigor para
México: 21 de octubre de 1990
La
Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional
jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos:
civiles, culturales, económicos, políticos y sociales que protege los derechos
de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la
educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
La
Convención establece estos derechos en 54 artículos y dos Protocolos
Facultativos en donde define los derechos humanos básicos que deben gozar y
ejercer las niñas y niños:
· A la supervivencia;
· Al desarrollo pleno;
· A la protección contra
influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación;
· A la plena participación en la
vida familiar, cultural y social.
Los
principios fundamentales de la Convención son:
a)
La no discriminación;
b)
La dedicación al interés superior del niño;
c)
El derecho a la vida,
d)
La supervivencia y desarrollo; y
e)
El respeto por los puntos de vista del niño.
Todos los
derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y
el desarrollo armonioso de niñas y niños.
Al aceptar
las obligaciones de la Convención los Estados Parte se han comprometido a
proteger y asegurar los derechos de la niñez realizando todas las medidas y
políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.
PROTOCOLOS FACULTATIVOS DE LA
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
La Asamblea
General de las Naciones Unidas aprobó en el año 2000 dos Protocolos
facultativos de la Convención que refuerzan la protección de la infancia contra
su participación en los conflictos armados y la explotación sexual, los cuales deben
interpretarse a la luz del tratado.
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño
relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados
Firma México: 7 de septiembre
de 2000
Aprobación Senado: 11 de
diciembre de 2001
Publicación DOF
Aprobación: 17 de enero de 2002
Entrada en vigor para
México: 15 de abril de 2002
El Protocolo facultativo sobre la
participación de los niños en los conflictos armados establece los 18 años como
la edad mínima para el reclutamiento obligatorio y exige a los Estados que
hagan todo lo posible para evitar que niñas, niños y adolescentes participen directamente
en las hostilidades.
Protocolo Facultativo de la
Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la
Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía
Firma México: 7 de septiembre
de 2000
Aprobación Senado: 10 de
diciembre de 2001
Publicación DOF
Aprobación: 16 de enero de 2002
Entrada en vigor para
México: 15 de abril de 2002
El Protocolo
facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización
de niñas y niños en la pornografía llama especialmente la atención hacia la
criminalización de estas graves violaciones de los derechos de la niñez y hace
hincapié en la importancia que tiene fomentar una mayor concienciación pública
y cooperación internacional en las actividades para combatirlas.
III.- MARCO
JURÍDICO NACIONAL:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Decreto por el que se Reforman los párrafos sexto y
séptimo del Artículo 4 y se adiciona la Fracción XXIX-P al Artículo 73
Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
el 12 De Octubre De 2011.
Las aportaciones de esta reforma, radican en
establecer el interés superior de la niñez en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 4°, para plasmar expresamente que en
todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el este
principio, garantizando de manera plena sus derechos, dejando claro que niñas y
niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación,
salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Asimismo, la reforma faculta al Congreso de
la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación,
los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus
respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y
adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y
cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea
parte.
Este Decreto, mandata a los legisladores
federales a crear una nueva Ley en materia de derechos de niñas, niños y
adolescentes.
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicada en el DOF el 29 de mayo de 2000
Esta Ley, tiene como antecedente la
Convención sobre los Derechos del Niño, promulgada en el Estado Mexicano el año
de 1991 y se fundamenta en el Artículo 4o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
La mencionada Ley, establece que para sus
efectos son niñas y niños las personas de hasta 12 años incompletos y
adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos.
Como su más grande aportación, su Artículo 4 contempla el Interés
superior de la infancia, a partir del cual las normas
aplicables a niñas, niños y adolescentes, se entenderán dirigidas a
procurarles, primordialmente, los cuidados y la asistencia que requieren para
lograr un crecimiento y un desarrollo plenos dentro de un ambiente de bienestar
familiar y social, dejando claro que el ejercicio de los derechos de los
adultos no podrá, en ningún momento, ni en ninguna circunstancia, condicionar
el ejercicio de los derechos de los menores de edad.
De igual manera, dentro de los 56 artículos
contenidos en los 5 Títulos que la conforman, la citada Ley establece una serie
de mecanismos para lograr sus objetivos y contempla 13 derechos principales que
deben garantizase a niñas, niños y adolescentes, entre los cuales destacan los
derechos siguientes:
a)
A la vida,
b)
A la no discriminación,
c)
A la integridad,
d)
A vivir en familia,
e)
A la salud,
f)
A la educación,
g)
Al descanso y el juego,
h)
A una cultura propia y
i)
A participar a través de su libertad de
expresión.
IV.-
NUMEROLOGÍA:
1.
En México hay 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes, que
representan el 34.8% de la población total.
Fuente: Instituto Nacional de Geografía y
Estadística (INEGI) en su Censo 2010
2.
Del total de menores de edad 49% son niñas y 51% niños. (INEGI)
Fuente: Instituto Nacional de Geografía y
Estadística (INEGI) en su Censo 2010
3.
60% de niñas y niños son víctimas de violencia
Fuente: Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH)
4.
En México, 11 por ciento
de niñas, niños y adolescentes entre los 5 y 17 años de edad están trabajando
Fuente: Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia en México (UNICEF)
5.
Cada año, alrededor de 40 mil niños y niñas que migran son repatriados desde
Estados Unidos a México
Fuente: Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia en México (UNICEF)
6.
53.8% de niñas, niños y adolescentes viven en pobreza
Fuente: "Pobreza
y derechos sociales de niñas, niños y adolescentes en México, 2008 -
2010", (UNICEF -CONEVAL)
7.
34.4% de niñas y niños de 5 a 11 años, presentan obesidad o sobrepeso
Fuente: Encuesta Nacional de
Salud y Nutrición 2012 (ENSANUT 2012).
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