Segundo Periodo Ordinario
Jueves, 14 de Febrero de 2013
Gaceta: 86
Jueves, 14 de Febrero de 2013
Gaceta: 86
INICIATIVA
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De los Senadores María Elena Barrera Tapia, Miguel Romo
Medina, Braulio Manuel Fernández Aguirre, María Cristina Díaz Salazar,
Armando Neyra Chávez e Hilda Esthela Flores Escalera, la que contiene
proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones I y VIII y se
adiciona la fracción V al artículo 73 de la Ley General de Salud.
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INICIATIVA
CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I Y VIII (QUEDANDO
COMO FRACCIÓN IX); SE ADICIONA LA FRACCIÓN V, RECORRIÉNDOSE EN SU ORDEN LOS
SUBSECUENTES DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
SENADO
DE LA REPÚBLICA
LXII LEGISLATURA
LXII LEGISLATURA
Los
suscritos Senadores y Senadoras MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante
del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; MIGUEL ROMO
MEDINA, BRAULIO MANUEL FERNÁNDEZ AGUIRRE, MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR, ARMANDO
NEYRA CHÁVEZ, HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA, integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y de conformidad con
los artículos 8, numeral 1, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la
República, someto a la consideración del Pleno, la siguiente INICIATIVA CON
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I Y VIII (QUEDANDO COMO
FRACCIÓN IX); SE ADICIONA LA FRACCIÓN V, RECORRIÉNDOSE EN SU ORDEN LOS
SUBSECUENTES DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, con base en la
siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El
mantener una salud óptima durante el mayor tiempo posible y llegar a una vejez
con menos padecimientos y mayores beneficios, es una de las prioridades para
una mejor calidad de vida en los seres humanos. Los avances en la ciencia han
brindado esperanza en la población y se han logradodiagnosticar y curar
enfermedades desconocidas desde hace aproximadamente cincuenta años.
A
través de la historiael Constituyente, ha realizado reformas en beneficio de la
ciudadanía mexicana, una de ellas es el derecho a la salud, así lo establece el
párrafo cuarto del artículo 4° Constitucional, a saber:
“Toda
persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las
bases y modalidades para el acceso a los servicios de saludy
establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en
materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del
artículo 73 de esta Constitución.”1
Con
ello se puede apreciar que el Estado mexicano, cuenta con las bases y modalidades
para los servicios de salud de los mexicanos. Sin embargo, falta hacer un
especial énfasis de prevención en la detección de grupos en la población que se
encuentren en riesgo de sufrir trastornos mentales, con la finalidad de
proteger y ayudar a los menores y a la juventud de México.
Asimismo,
en nuestro país existe la protección del interés superior de la niñez2 que se encuentra plasmado, en el párrafo octavo
del precepto constitucional antes mencionado, donde se establece que:
“En
todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el
principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus
necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución,
seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”3
Los
menores de edad son un sector de la población con más vulnerabilidad, por ello
la importancia de que existan reformas que busquen proteger este sector y sobre
todo en el aspecto de la salud, ya que los menores y jóvenes son el futuro y
desarrollo del país.
En
ese orden de ideas, actualmente la Ley General de Salud en la fracción I, del
artículo 2, manifiesta que la finalidad de la protección de la salud tiene dentro
de sus prioridades el bienestar físico y mental de la persona, para
contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades. Por lo que es importante
establecer políticas públicas que puedan brindar una prevención y diagnóstico
de todo tipo de enfermedades, y para el caso que nos ocupa no sólo las físicas
sino mentales.
Al
respecto la Organización Mundial de la Salud (OMS), establece los conceptos
siguientes:
La
salud “es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no
solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”4 y la salud mental “un estado de
bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades,
puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma
productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad.”5 Es trascendental que la juventud y la niñez cuente
con actividades educativas, socioculturales y recreativas con carácter nacional
y permanente que contribuyan a la salud mental y beneficie a los mexicanos, con
un buen desarrollo sano en los niños y jóvenes del país, ello contribuirá a una
mejor capacidad de desarrollo en la vida diaria de la sociedad.
Cabe
resaltar que entre las diez principales enfermedades considerando mortalidad
prematura y días vividos sin salud se encuentran tres tipos de enfermedades
mentales, como lo son la depresión mayor, esquizofrenia y trastorno obsesivo
compulsivo, las que son catalogadas como graves por los profesionales de la
salud. Lo que genera que las personas que padecen estos padecimientos no puedan
interactuar normalmente con el medio que los rodea.6
En
este sentido, la depresión es una de las causas de discapacidad en el mundo. La
OMS estima que la depresión ocupará el segundo lugar en 2020 como discapacidad
mundial, después de las enfermedades cardiovasculares. Es una enfermedad común,
seria y compleja que afecta aproximadamente 121 millones de personas en el
mundo.7
Dentro
de las pocas estadísticas que existen en el país se determina que en México una
de cada 10 personas padece depresión y solo uno de cada cuatro personas que la
padecen y reciben tratamiento. Asimismo, un 28.6% de la población presenta
alguna vez en la vida, uno o más de los 23 trastornos mentales contenidos en la
Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE); 13.9% los ha presentado en
el último año y 5.8% en el último mes.8
No
hay una edad determinada en la cual se inicie cualquier tipo de enfermedad
mental, la que puede manifestarse en cualquier periodo evolutivo de la persona.
Aunque las enfermedades mentales no tengan una cura total, pueden tener una
recuperación, por medio de la cual puede mejorar la calidad de vida. Los
tratamientos pueden ser con psicoterapia y medicación. Además de grupos de
ayuda y servicios comunitarios.
En
nuestro país, el Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental
tiene a su cargo la elaboración e instrumentación de los programas específicos
de prevención y atención de los trastornos mentales y rehabilitación
psicosocial; supervisando y evaluando los servicios de salud en los diferentes
niveles de atención e impulsando el establecimiento de redes asistenciales cuyo
objetivo radica en la rehabilitación y reinserción social, además de proponer
la actualización y desarrollo de disposiciones jurídicas en la materia.
En
el Sexto Informe de Labores de la Secretaría de Salud se indica que en el
periodo de septiembre de 2011 a agosto de 2012 se dieron avances en las
estructuras de primer nivel del Programa Nacional de Salud Mental: Modelo
Miguel Hidalgo9 en diferentes entidades de la república, en tal
sentido se cuenta con 47 Unidades de Especialidades Médicas (UNEMES), Centro
Integral de Salud Mental (CISAMES) de las cuales 40 están en operación mientras
que las siete restantes están construidas pero sin operar.
Actualmente
se impulsa la emisión del Anteproyecto de NOM-025-SSA2-201210 para la Prestación de Servicios de Salud en
Unidades de Atención Integral Hospitalaria Médico-Psiquiátrica. Asimismo, la
Secretaría de Salud impulsa reuniones nacionales de líderes en atención
hospitalaria de salud mental, con la finalidad de sensibilizar a los
trabajadores de la salud mental y convertirlos en facilitadores y promotores
del respeto de los derechos humanos de los usuarios de los hospitales
psiquiátricos.
Con
la participación de 23 hospitales psiquiátricos11 ubicados en 18 entidades federativas, en 2012
se realizó la primera fase de la aplicación de la Encuesta Nacional de Salud
Mental, obteniéndose un total de mil 289 cuestionarios donde se destacan datos
relevantes respecto de tres grupos vulnerables de población dentro de dichos
hospitales, correspondiendo 46.4% a mujeres y 54.6% a hombres.
Es
de destacar que en el Centro Integral de Salud Mental que depende de este
Consejo Nacional de Salud Mental está la Clínica de Autismo, única de este tipo
en el Gobierno Federal y que durante el periodo de septiembre de 2011 a agosto
de 2012 otorgó un total de 17 mil 743 consultas y organizó una caminata en el
Bosque de Tlalpan en la que participaron 300 niños y padres celebrando el Día
Mundial del Autismo con el objetivo de sensibilizar al país sobre dicho padecimiento.
Asimismo,
en 2012 se canalizaron recursos presupuestales a los gobiernos de las entidades
federativas por un monto de 9 millones 148 mil pesos, para apoyar los programas
de Invierno Sin Frío y Rehabilitación Psicosocial en los Hospitales Psiquiátricos
y Villas de Transición Hospitalaria en todo el país.12
Se
distribuyó en todas las entidades federativas el Programa Nacional de Salud
Mental: Modelo Miguel Hidalgo 2012-201813, así como los Lineamientos para la Aplicación
de la Sujeción Temporal en Unidades de Atención Hospitalaria
Médico-Psiquiátrica y se concluyeron las Cédulas de Acreditación de Hospitales
Psiquiátricos y de Centros Integrales de Salud Mental, las que se distribuyeron
a todos hospitales psiquiátricos, villas de transición hospitalaria y
UNEMES-CISAME de todas las entidades federativas, exhortándolos a realizar la
certificación, como una estrategia para obtener mayores recursos.
A
pesar de estos avances, en México las políticas y programas de salud mental
para niños y adolescentes no ha tenido el impacto esperado, toda vez que los
sistemas de atención están fragmentados, son ineficaces, costosos e
inaccesibles. La OMS insiste además en que se tome en cuenta siempre que la
etapa de desarrollo en que se encuentra el niño cuando se expone al riesgo o al
evento traumático puede influir en la vulnerabilidad, el modo de manifestación
del trastorno mental, así como en la manera en que se deba planear el
tratamiento.
De
acuerdo con la OMS, los trastornos depresivos comienzan en edades tempranas y
tienen como principales factores de riesgo el género (es dos o tres veces más
común en las mujeres), la pobreza, el bajo nivel educativo, la exposición a la
violencia y las enfermedades crónicas.
La
salud mental de la infancia y la adolescencia es una preocupación primordial en
el desarrollo de programas de prevención e intervención en todo el mundo, hoy
en día nos encontramos con situaciones por demás preocupantes como:
- El suicidio es la tercera causa de muerte entre los adolescentes.
- Los trastornos depresivos tienen inicio en la adolescencia.
- El 20% de niños y jóvenes padecen trastornos mentales o son víctimas de violencia física o sexual.
- Los trastornos conductuales de la infancia se perpetúan a lo largo de la vida de las personas, manifestándose en la edad adulta en el consumo de drogas, la delincuencia y conducta antisocial.
Ante
esta situación, es necesario resaltar la importancia de realizar intervenciones
tempranas e integrales, con el propósito de brindar a nuestros niños y jóvenes
ambientes saludables que les permitan fortalecer su autoestima, al interior de
sus familias y sus comunidades.
Las
razones de esto se derivan de las recomendaciones que la OMS realiza sobre los
beneficios de la intervención temprana en el tratamiento de trastornos
mentales, como son:
- Que los programas de prevención y atención de salud mental en los menores tienen un mayor impacto cuando están vinculados a instituciones escolares y comunitarias.
- Que dichas intervenciones tienen siempre un impacto positivo en la calidad de vida de los niños y previene discapacidades en la edad adulta.
- Que el incremento de inversiones en la Salud Mental de los individuos tiene impacto en las familias, permitiendo disminuir costos soportados por los sistemas públicos de salud y costos asociados a la seguridad integral de las personas.
A
su vez, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda que los
programas de salud mental dirigidos a niños y jóvenes deben tener las
siguientes características:
- Mantener un equilibrio entre promoción de la salud, prevención de los trastornos y tratamiento psiquiátrico y psicológico de quienes presentan el trastorno mental.
- Priorizar intervenciones en las primeras etapas del desarrollo.
- Promover servicios de tratamiento ambulatorio, insertos en la comunidad y servicios de primer nivel de atención a la salud.
- Utilizar el enfoque de riesgo para los niños y adolescentes en condiciones de riesgo.
- Capacitar a profesionales que trabajan con menores de edad para promover factores de protección, reducir los riesgos y detectar tempranamente los problemas psicológicos.
- Reducir la violencia en el entorno escolar.
- Capacitar personal no especializado para atender en lo posible, los trastornos mentales leves.
- Difundir las mejores prácticas y el tratamiento basado en la evidencia científica.
Por
estas razones, la presente iniciativa tiene por objeto contribuir a la
promoción de la salud mental y la prevención de los trastornos mentales y del
comportamiento en la infancia y la juventud.
Se
busca generar las condiciones para que se dé importancia, espacios
profesionales y recursos suficientes para promover la salud mental de los
menores de edad, así como para darles la atención adecuada cuando se encuentren
en riesgo de presentar trastornos mentales y del comportamiento.
Para
tal efecto, se debe considerar que la Ley General de Salud ya contiene diversas
referencias a la salud mental:
- El artículo 3º fracción VI indica que la salud mental es materia de salubridad general.
- El artículo 6º fracción IV señala que el sistema nacional de salud tiene entre sus objetivos dar impulso al crecimiento físico y mental de la niñez.
- El artículo 27 fracción VI menciona que los servicios referentes a la salud mental se consideran servicios básicos de salud.
Adicionalmente,
el Capítulo VII del Título Tercero de la Ley se refiere específicamente a la
Salud mental y abarca los artículos 72 a 77, los cuales contienen disposiciones
relativas a la promoción de la salud mental, prevención y tratamiento de los
trastornos mentales, así como derechos de las personas con trastornos mentales
y del comportamiento.
Sin
embargo, la mayor parte de estas disposiciones están dirigidas a la población
en general, sin tomar en cuenta que la prevención y tratamiento de los
trastornos mentales en la infancia y la juventud requiere medidas especiales,
diferentes a las empleadas en los tratamientos para adultos.
Por
ello, hace falta promover la detección de los grupos poblacionales en riesgo de
sufrir trastornos mentales y del comportamiento, preferentemente de la infancia
y de la juventud, así como promover el carácter nacional y permanente de
actividades educativas, socioculturales y recreativas con que contribuyan a la
salud mental de la infancia y de la juventud.
Estas
medidas permitirán detectar y brindar tratamiento oportuno a las alteraciones
de la conducta en niños y jóvenes. De no atenderse, dichas alteraciones pueden
convertirse en trastornos mentales que pueden agravarse en la edad adulta,
requiriendo tratamientos más complejos, algunos de forma permanente.
Al
respectoen el Partido Verde estamos preocupados por este problema de salud
pública, ya que debemos considerar el prevenir en la población infantil y
adolescente las alteraciones que se puedan convertir en trastornos mentales.
En
atención a lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de este
Honorable Pleno la siguiente:
PROYECTO
DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I Y VIII (QUEDANDO COMO FRACCIÓN
IX); SE ADICIONA LA FRACCIÓN V, RECORRIÉNDOSE EN SU ORDEN LOS SUBSECUENTES DEL
ARTÍCULO 73 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
ÚNICO.Se
reforma la fracción I y VIII (quedando como fracción IX); se adiciona la
fracción V, recorriéndose en su orden los subsecuentes del artículo 73 de la
Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo
73. …
I.
El desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas con
carácter nacional y permanente que contribuyan a la salud mental,
preferentemente de la infancia y de la juventud;
II.
a IV. …
V.
La detección de los grupos poblacionales en riesgo de sufrir trastornos
mentales y del comportamiento, preferentemente de la infancia y de la juventud;
VI.La
implementación estratégica y gradual de servicios de salud mental en
establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud, que permita abatir la
brecha de atención;
VII.La
investigación multidisciplinaria en materia de salud mental;
VIII.La
participación de observadores externos para vigilar el pleno respeto de los
derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento,
que son atendidas en los establecimientos de la red del Sistema Nacional de
Salud, y
IX.
Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan al fomento de la
salud mental de la población.
TRANSITORIO
ÚNICO.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
Dado
en el recinto del Senado de la República a los catorce días del mes de febrero
del 2013.
Por el Grupo Parlamentario del Partido
Verde Ecologista de México
SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA
Por el Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional
SENADOR MIGUEL ROMO MEDINA
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SENADOR BRAULIO MANUEL FERNÁNDEZ
AGUIRRE
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SENADORA MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR
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SENADOR ARMANDO NEYRA CHÁVEZ
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SENADORA HILDA ESTHELA FLORES
ESCALERA
|
1 Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
2Con la reciente reforma Constitucionalpublicado
el 12 de octubre de 2011 en el Diario Oficial de la Federación.
3Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
4 Constitución de la Organización Mundial de la
Salud, http://apps.who.int/gb/bd/PDF/bd47/SP/constitucion-sp.pdf
5 Organización Mundial de la Salud,
http://www.who.int/features/qa/62/es/index.html
6 Organización Mundial de la Salud,
http://www.who.int/es/
7Paquete informativo de sensibilización
internacional de la Federación Mundial de la Salud Mental. Perspectivas
internacionales sobre la depresión. 2010.
8 Secretaría de Salud. 2003. Encuesta Nacional
de Epidemiología Psiquiátrica. Esta encuesta se aplicó en población
representativa de 18 a 65 años. No existe información sobre la prevalencia de
trastornos mentales en menores de edad.
9 Consejo Nacional de Salud Mental,
www.consame.salud.gob.mx
10 Secretaria de Gobernación,
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5277384&fecha=13/11/2012
11 Secretaria de Salud,
http://portal.salud.gob.mx/
12 Informe de Rendición de Cuentas de la
Administración Pública Federal 2006-2012. Secretaría de Salud. Página 629.
13Consejo Nacional de Salud Mental,
www.consame.salud.gob.mx
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