Segundo Periodo Ordinario
Martes, 12 de Marzo de 2013
Gaceta: 104
Martes, 12 de Marzo de 2013
Gaceta: 104
INICIATIVA
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De los Senadores Braulio Manuel Fernández Aguirre, Miguel
Ángel Chico Herrera, Manuel Humberto Cota Jiménez, Hilda Esthela Flores
Escalera, Aarón Irízar López, Armando Neyra Chávez y Gerardo Sánchez García,
del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que
contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de
la Ley del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
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SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE VIVIENDA, DE
DESARROLLO URBANO Y ORDENACIÓN TERRITORIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.
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INICIATIVA
CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY
DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
SEN.
ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
CÁMARA DE SENADORES
P R E S E N T E
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
CÁMARA DE SENADORES
P R E S E N T E
BRAULIO
MANUEL FERNÁNDEZ AGUIRRE, MIGUEL ANGEL CHICO HERRERA, MANUEL HUMBERTO COTA
JIMÉNEZ, HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA, AARÓN IRÍZAR LÓPEZ, ARMANDO NEYRA
CHÁVEZ, GERARDO SÁNCHEZ GARCÍA, integrantes del
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII
Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1
fracción I y164, numeral 2 del Reglamento del Senado de la República,
presentamos ante esta Soberanía, una iniciativa con proyecto de decreto para
modificar diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La
vivienda digna no solo es un concepto en nuestra Constitución Federal, es un
derecho humano al que todos debemos tener acceso, así se establece en el
artículo 11, párrafo I, del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (PIDESC), de la Organización de las Naciones Unidas,
instrumento ratificado por México.
Este
derecho a la vivienda que todos los mexicanos y específicamente los
trabajadores tienen, fue consagrado por el Constituyente de 1917, en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción XII,
apartado A, del artículo 123, como un logro de los postulados de la Revolución.
Sin
embargo, no fue sino hasta 1972, cuando en respuesta a las demandas de la clase
trabajadora mexicana, por la necesidad y urgencia que existía para dar vigencia
al derecho de vivienda que establece la Carta Magna, se creó el Instituto del
Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), como una
herramienta útil para abatir el rezago de vivienda en nuestro país. En este
sentido, se reconoce el avance que a lo largo de cuatro décadas ha tenido el
Instituto, para dotar de casas-habitación a un gran número de familias
mexicanas.
Conforme
a las propias cifras del INFONAVIT publicadas en su página de internet, de 1972
a 2007, se habían otorgado 4’496,025 (CUATRO MILLONES, CUATROCIENTOS NOVENTA Y
SEIS MIL VEINTICINCO) créditos. Esto es muy alentador, sin embargo, lo que es
destacable mencionar es que casi la totalidad de estos créditos han sido
destinados a la adquisición de vivienda en zonas urbanas, lo cual indica que
son los trabajadores que radican en los centros de población urbana y sus
familias, los beneficiarios de estos programas.
De
conformidad con el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo, “Toda empresa
agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está
obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.
Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo
Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los
trabajadores a su servicio”.
No
obstante lo anterior, el INFONAVIT y las políticas públicas de vivienda en
México se han orientado a la construcción y desarrollo de casa-habitación en
las ciudades, dejando a un lado a los trabajadores del campo que se emplean en
empresas agrícolas, cuyos patrones responsables de sus obligaciones, por años
han aportado al fondo de vivienda, sin que se vea el beneficio real paraquienes
habitan en el medio rural.
A
esto se suma otra problemática. El crecimiento que en los últimos años han
tenido los centros poblacionales, ha demandado mayor construcción de vivienda,
lo cual ocasiona que se desarrollen centros habitacionales fuera de los centros
de población y, por consecuencia, en predios prácticamente rurales, pero los
beneficiaros de esta vivienda son los trabajadores de la ciudad, dejando fuera
nuevamente al trabajador agrícola y generando además con ello, problemas en
cuanto al abastecimiento de los servicios públicos de carácter básico, o bien
problemas de carácter jurídico ante las irregularidades de muchos terrenos.
La
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en
diversas disposiciones establece la equidad y adecuada distribución de la
vivienda en las distintas regiones y localidades del país, como criterio
para la subasta de financiamientos y aplicación de recursos del INFONAVIT.
Criterios que como hemos expuesto, han sido omitidos.
Los
que suscribimos la presente iniciativa conocemos los problemas que tienen los
trabajadores del campo para acceder a una vivienda de interés social; en lo
particular, como oriundo de una región agroindustrial como lo es La Laguna de
Coahuila y Durango, conozco testimonios de esta problemática; patrones y trabajadores
de este sector han luchado por años por elevar la calidad de vida de sus
familias, sin poder acceder a ese derecho de vivienda digna, por la escasa o
nula oferta que ofrece el INFONAVIT a este sector que incluso ha financiado con
sus aportaciones a otros trabajadores.
A
lo largo y ancho del país, existe un importante número de empresas agrícolas
cuyos patrones cotizan al Fondo de la Vivienda, con la esperanza de que sus
trabajadores se vean beneficiados, sin embargo, dadas las políticas del
INFONAVIT, no se ofrece una opción viable para que puedan estos trabajadores
del campo y sus familias acceder a una casa-habitación cerca de su fuente de
trabajo. Por ello, se requieren de alternativas eficaces e inmediatas que
solucionen esta problemática. Esto merece una solución.
Seguro
estoy que muchos de ustedes compañeras y compañeros Senadores, se encuentran
preocupados al igual que nosotros de las necesidades y los problemas del campo
y sus trabajadores. Tenemos una responsabilidad y compromiso con las personas
dedicadas al trabajo de la tierra. No se puede postergar la búsqueda de
vivienda digna para los trabajadores del campo, por criterios normativos y
técnicos. El impulso al campo mexicano también pasa por el incentivo de generar
pertenencia a través de una vivienda.
En
recientes fechas, el Titular del Ejecutivo Federal, tuvo a bien presentar su
estrategia en materia de Política Nacional de Vivienda. En ese sentido, aunado
a diversos lineamientos o puntos de acción, estableció el compromiso de
impulsar una serie de acciones para la lotificación, construcción, ampliación y
mejora de hogares, tanto en el campo como en la ciudad.
Es
imperativo que el INFONAVIT, establezca mecanismos y políticas públicas
adecuadas e incluyentes, con la finalidad de que los trabajadores agrícolas
tengan acceso a una casa-habitación. Las modificaciones e inclusiones que se
proponen en esta iniciativa con proyecto de decreto, permitirán dar atención
real a las necesidades de los trabajadores del sector primario en lo que a
vivienda se refiere. Solo así podremos decir que los postulados consagrados en
nuestra Constitución Política se están cumpliendo y estaremos en posibilidades
de garantizar el derecho humano a la vivienda digna de nuestros trabajadores
del campo y sobre todo, de sus familias.
Por
lo anteriormente descrito, y con fundamento en lo dispuesto en las
disposiciones señaladas al inicio del presente escrito, sometemos al análisis,
discusión, y en su caso, aprobación de esta Soberanía, la siguiente:
INICIATIVA
CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY
DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
ÚNICO.Se
modifican la fracción I del artículo 42, las fracciones III y IV del artículo
46 y el segundo párrafo del artículo 47, y se adiciona una fracción V al
artículo 46 de la Ley del Instituto Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, para quedar como sigue:
Artículo
42.- …
I.-
En línea uno al financiamiento de la construcción de
conjuntos de habitaciones para ser adquiridas por los trabajadores, mediante
créditos que les otorgue el Instituto, considerando como criterio la demanda
y necesidades de los trabajadores del sector agrícola y que se ajusten a
las disposiciones aplicables en materia de construcción.
…
…
II.-
a VI. …
Artículo
46.- En la aplicación de los recursos a que se refiere el
artículo anterior se considerarán, entre otras, las siguientes circunstancias:
I.-
y II. …
III.-
El monto de las aportaciones al Fondo proveniente de las
diversas regiones y localidades del país;
IV.-
El número de trabajadores en las diferentes regiones o
localidades del Territorio Nacional, y
V.
La demanda de habitación y necesidades de vivienda de los trabajadores del
sector agrícola que residen en zonas rurales.
Artículo
47.- …
Las
reglas antes citadas tomarán en cuenta entre otros factores, la oferta y
demanda regional de vivienda, la demanda de habitación y necesidades de
vivienda de los trabajadores del sector agrícola que residen en zonas rurales,
el número de miembros de la familia de los trabajadores, los saldos de la
subcuenta de vivienda del trabajador de que se trate,y el tiempo durante el
cual se han efectuado aportaciones a la misma, si el trabajador es propietario
o no de su vivienda, así como su salario o el ingreso conyugal si hay acuerdo
de los interesados.
…
TRANSITORIOS
PRIMERO.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.
Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Salón
de Sesiones de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión a los
cuatro días del mes de marzo de dos mil trece.
SEN. BRAULIO MANUEL FERNÁNDEZ AGUIRRE
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SEN. MIGUEL ANGEL CHICO HERRERA
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SEN. MANUEL HUMBERTO COTA JIMÉNEZ
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SEN. HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA
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SEN. AARÓN IRÍZAR LÓPEZ
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SEN. ARMANDO NEYRA CHÁVEZ
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SEN. GERARDO SÁNCHEZ GARCÍA
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