jueves, 25 de abril de 2013

La Niñez de México

El día de hoy 25 de abril de 2013, en el marco del Día del Niño, las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, Para la Igualdad de Género, Especial de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, y de Asuntos Indígenas, en coordinación con el Sistema Integral de la Familia, llevaron a cabo el evento "La niñez de México, una expresión de sus derechos desde el Senado.














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Senadora Hilda Esthela Flores Escalera
DISCURSO PARA EL EVENTO: “LA NIÑEZ DE MÉXICO, UNA EXPRESIÓN DE SUS DERECHOS DESDE EL SENADO”
Senado de la República a 25 de abril de 2013.

·      Muy buenos días niñas y niños.

Estimados:

·      Senador Ernesto Cordero Arroyo, Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República.

·      Senador Emilio Gamboa Patrón, Presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.

·      Isabel Crowley, Representante del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en México (UNICEF)

·      Licenciada Laura Vargas Carrillo, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)

·      Licenciada Nuvia Mayorga Delgado, Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI).

·      Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo, Presidenta de la Comisión Para la Igualdad de Género

·      Senadora Martha Elena García Gómez, Presidenta de la Comisión Especial de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia

·      Senadora Angélica De la Peña Gómez, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos

·      Senador Eviel Pérez Magaña, Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas.

·      Lic. Carolina Viggiano Austria, Directora del Consejo Nacional de Fomento Educativo

·      Licenciado Felipe Solís Acero, Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

·      Mtro. Jesús Eduardo Toledano Landero, Director General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS)

·      Licenciado Ricardo Antonio Bucio Mújica, Presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

·      Mtro. Javier López Sánchez, Director General del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI)

·      Licenciado Juan Martín Pérez García, Director Ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México  (REDIM).


Bienvenidos sean  todas y todos ustedes a esta celebración en la que conmemoramos con gran entusiasmo el día de la niña y el niño.

Hemos denominado a este evento: “La Niñez de México, una expresión de sus derechos desde el Senado”, con la finalidad de que hagamos un ejercicio de reflexión y retroalimentación que nos permita conocer sus inquietudes, hacer conciencia, y con base en ello, desempeñar nuestra responsabilidad desde una perspectiva más amplia.
Los derechos de niñas, niños y adolescentes ocupan un lugar primordial en la agenda de esta LXII Legislatura; esto se ha materializado en la presentación de iniciativas, puntos de acuerdo, y otros instrumentos legislativos en la materia; pero además se ve reflejado en la voluntad de los legisladores  para estar presentes y colaborar en la realización de este evento.
Estamos conscientes que garantizar los derechos de niñas y niños no es una tarea sencilla, pues su especial condición los lleva a vivir situaciones que vulneran de forma grave su desarrollo integral y consecuentemente sus derechos. Del total de menores de edad, 60 por ciento son víctimas de violencia, 11 por ciento de entre los 5 y 17 años de edad están trabajando, cada año alrededor de 40 mil niños y niñas que migran son repatriados desde Estados Unidos y 34.4 por ciento de niños entre  5 y 11 años presentan obesidad o sobrepeso.

En esta Cámara de Senadores estamos decididos a redoblar esfuerzos para trabajar a favor de la niñez de este país; estamos convencidos de que para lograr mejores condiciones de vida son apremiantes los acuerdos, las acciones y amplios consensos, que deben ser guiados por expertos en la materia, por la opinión de la sociedad civil y especialmente por Ustedes, niñas y niños (dirigiéndose a los niños presentes). Por ello estamos aquí.


En el Senado de la República, los derechos de la niñez no son cosa de juego y nosotros lo asumimos con gran responsabilidad. Por eso acepto el reto y me comprometo a promover que sus derechos tengan sustento en normas realmente aplicables, observables y garantes para los 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes del país.

Dándoles nuevamente una cordial bienvenida y agradeciendo su presencia y gran interés en este evento, reitero mi voluntad de trabajar en el fomento y respeto íntegro de la niñez, convencida de que para asegurarle a México un futuro prometedor, se debe potencializar su mejor talento que indudablemente son todos ustedes: las niñas, niños y adolescentes.

Muchas gracias. 









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I.- ASPECTOS GENERALES:

Niñas, niños y adolescentes, por su especial condición viven fenómenos sociales y situaciones multifactoriales que vulneran de forma grave su desarrollo integral y consecuentemente sus derechos, tales como:



·      Violencia
·      Adicciones
·      Trata de personas
·      Explotación sexual
·      Trabajo infantil
·      Desnutrición
·      Obesidad y Trastornos de la Conducta Alimentaria
·      Situación de calle
·      Migración
·      Embarazo en adolescentes
·      Falta de criterios generales en los procesos de adopción
·      La incipiente aplicación de un sistema integral de justicia aplicable adolescentes a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales, sistema en el cual verdaderamente se respeten los derechos consagrados por la Constitución.


Dichos fenómenos sociales son causados por diversos factores, teniendo cada uno de ellos consecuencias propias y con diferentes intensidades, dependiendo de la edad o etapa por la que transiten niñas, niños y adolescentes, debiéndose instrumentar acciones específicas de prevención y atención, de acuerdo a esas circunstancias particulares.

Acciones primordiales a desarrollar:

Primeramente, es necesario que trabajemos en la creación de un nuevo marco jurídico que sea garante de los derechos de niñas, niños y adolescentes y se aleje de la visión asistencialista con la que históricamente se han tutelado sus derechos, de tal manera que se logren armonizar los derechos asumidos en la Convención sobre los Derechos del Niño a nuestra legislación nacional en los tres órdenes de gobierno.

Asimismo, es preponderante que en el diseño de la política pública se atienda la visión garantista y se cumpla cabalmente con el respeto íntegro del principio del interés superior de la niñez contenido en la Carta Magna.


II.- MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL (Instrumentos más relevantes):



CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO



Firma México: 26 de enero de 1990
Aprobación Senado: 19 de junio de 1990
Publicación DOF Aprobación: 31 de julio de 1990
Entrada en vigor para México: 21 de octubre de 1990

La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales que protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
La Convención establece estos derechos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos en donde define los derechos humanos básicos que deben gozar y ejercer las niñas y niños:
·      A la supervivencia;
·      Al desarrollo pleno;
·      A la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación;
·      A la plena participación en la vida familiar, cultural y social.
Los principios fundamentales de la Convención son:
a)    La no discriminación;
b)    La dedicación al interés superior del niño;
c)    El derecho a la vida,
d)    La supervivencia y desarrollo; y
e)    El respeto por los puntos de vista del niño.
Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de niñas y niños.
Al aceptar las obligaciones de la Convención los Estados Parte se han comprometido a proteger y asegurar los derechos de la niñez realizando todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.




PROTOCOLOS FACULTATIVOS DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO


La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en el año 2000 dos Protocolos facultativos de la Convención que refuerzan la protección de la infancia contra su participación en los conflictos armados y la explotación sexual, los cuales deben interpretarse a la luz del tratado.



Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados


Firma México: 7 de septiembre de 2000
Aprobación Senado: 11 de diciembre de 2001
Publicación DOF Aprobación: 17 de enero de 2002
Entrada en vigor para México: 15 de abril de 2002

El Protocolo facultativo sobre la participación de los niños en los conflictos armados establece los 18 años como la edad mínima para el reclutamiento obligatorio y exige a los Estados que hagan todo lo posible para evitar que niñas, niños y adolescentes participen directamente en las hostilidades.


Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía


Firma México: 7 de septiembre de 2000
Aprobación Senado: 10 de diciembre de 2001
Publicación DOF Aprobación: 16 de enero de 2002
Entrada en vigor para México: 15 de abril de 2002
El Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niñas y niños en la pornografía llama especialmente la atención hacia la criminalización de estas graves violaciones de los derechos de la niñez y hace hincapié en la importancia que tiene fomentar una mayor concienciación pública y cooperación internacional en las actividades para combatirlas.



III.- MARCO JURÍDICO NACIONAL:


CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Decreto por el que se Reforman los párrafos sexto y séptimo del Artículo 4 y se adiciona la Fracción XXIX-P al Artículo 73
Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 De Octubre De 2011.

Las aportaciones de esta reforma, radican en establecer el interés superior de la niñez en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 4°, para plasmar expresamente que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el este principio, garantizando de manera plena sus derechos, dejando claro que niñas y niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Asimismo, la reforma faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte.

Este Decreto, mandata a los legisladores federales a crear una nueva Ley en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.


LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicada en el DOF el 29 de mayo de 2000

Esta Ley, tiene como antecedente la Convención sobre los Derechos del Niño, promulgada en el Estado Mexicano el año de 1991 y se fundamenta en el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La mencionada Ley, establece que para sus efectos son niñas y niños las personas de hasta 12 años incompletos y adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos.

Como su más grande aportación, su Artículo 4 contempla el Interés superior de la infancia, a partir del cual las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, se entenderán dirigidas a procurarles, primordialmente, los cuidados y la asistencia que requieren para lograr un crecimiento y un desarrollo plenos dentro de un ambiente de bienestar familiar y social, dejando claro que el ejercicio de los derechos de los adultos no podrá, en ningún momento, ni en ninguna circunstancia, condicionar el ejercicio de los derechos de los menores de edad.

De igual manera, dentro de los 56 artículos contenidos en los 5 Títulos que la conforman, la citada Ley establece una serie de mecanismos para lograr sus objetivos y contempla 13 derechos principales que deben garantizase a niñas, niños y adolescentes, entre los cuales destacan los derechos siguientes:

a)         A la vida,
b)         A la no discriminación,
c)         A la integridad,
d)         A vivir en familia,
e)         A la salud,
f)           A la educación,
g)         Al descanso y el juego,
h)         A una cultura propia y
i)           A participar a través de su libertad de expresión.


IV.- NUMEROLOGÍA:

1.        En México hay 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes, que representan el 34.8% de la población total.

Fuente: Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) en su Censo 2010

2.        Del total de menores de edad 49% son niñas y 51% niños. (INEGI)

Fuente: Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) en su Censo 2010

3.        60% de niñas y niños son víctimas de violencia

Fuente: Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)

4.        En México, 11 por ciento de niñas, niños y adolescentes entre los 5 y 17 años de edad están trabajando

Fuente: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en México (UNICEF)

5.        Cada año, alrededor de 40 mil niños y niñas que migran son repatriados desde Estados Unidos a México

Fuente: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en México (UNICEF)

6.        53.8% de niñas, niños y adolescentes viven en pobreza

Fuente: "Pobreza y derechos sociales de niñas, niños y adolescentes en México, 2008 - 2010", (UNICEF -CONEVAL)

7.        34.4% de niñas y niños de 5 a 11 años, presentan obesidad o sobrepeso

Fuente: Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 (ENSANUT 2012).






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