jueves, 23 de abril de 2015

Dictamen por el que se reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos


Intervención de la senadora por el Partido Revolucionario Institucional, Hilda Esthela Flores Escalera, para hablar a favor de dictamen por el que se reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el jueves 23 de abril de 2015.


Muchas gracias, presidente;

Muy buenas tardes estimadas compañeras y compañeros:

Vengo por supuesto a esta Tribuna a hablar a favor del dictamen que estamos discutiendo en esta Sesión y que tiene que ver con el avance que hoy estaríamos dando en favor de las personas con discapacidad en relación con poder tener acceso a la información.

Les quiero compartir que el Estado mexicano está obligado a crear políticas y estrategias encaminadas a la implementación de mecanismos que permitan el acceso a la información a las personas con discapacidad, particularmente de aquellas que viven con discapacidad auditiva, quienes necesitan de la implementación de acciones que les permitan contar con intérpretes de lengua, de señas mexicanas, subtítulos en español.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece en su artículo segundo, que la comunicación incluirá la visualización de textos, mientras que su artículo 21 señala que se debe facilitar a las personas con discapacidad, información digital dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional y en formatos accesibles.

Estos preceptos retomados por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, nos dejan de manifiesto que en el camino a la plena armonización de los derechos de las personas con discapacidad, resulta viable apoyar las reformas legislativas tendientes a promover el acceso a la información de las personas con discapacidad auditiva y personas con discapacidad visual en México.

El INEGI señala que en México hay un millón 270 mil personas con discapacidad auditiva, quienes se enfrentan a diversas problemáticas para acceder a la información, debido a que son muy pocos los espacios y medios de comunicación que cuentan con formatos accesibles que les permitan ejercer su derecho a la información.

En este sentido, la Ley General de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece en la fracción primera del artículo 258, como derecho de las audiencias con discapacidad, que con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades, contarán con servicios de subtitulaje, doblaje al español y lengua de señas mexicanas, para accesibilidad a personas con debilidad auditiva.

Senadoras y senadores, en el Senado de la República nos hemos caracterizado en ser promotores del respeto de las personas con discapacidad y su inclusión en la sociedad, así como la misma convicción que tenemos, es necesario continuemos trabajando y respaldando las medidas afirmativas que tengan como propósito abonar en su favor y en favor de sus derechos.

Por lo anteriormente expuesto, en el Grupo Parlamentario del PRI nos congratulamos del gran paso que damos hoy como Senado de la República, en favor de las personas con discapacidad, y votaremos por supuesto a favor de este dictamen, que tiene como objeto justamente establecer un mecanismo que se traduzca en una igualdad de oportunidades para el acceso a la información del trabajo legislativo, cumpliendo con los compromisos adquiridos por el Estado mexicano, y más aún con nuestra obligación de responder a las necesidades de quienes representamos y cuya confianza nos ha permitido trabajar directamente desde el Congreso en favor del respeto de sus derechos.

Por su atención y estoy segura que también por su respaldo, muchísimas gracias compañeras y compañeros.

Es cuanto, señor presidente.

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