Intervención de la senadora por
el Partido Revolucionario Institucional, Hilda Esthela Flores Escalera, para hablar
a favor de dictamen por el que se reforma el artículo 4 del Reglamento del
Canal de Televisión de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el jueves
23 de abril de 2015.
Muchas gracias,
presidente;
Muy buenas tardes
estimadas compañeras y compañeros:
Vengo por supuesto a
esta Tribuna a hablar a favor del dictamen que estamos discutiendo en esta
Sesión y que tiene que ver con el avance que hoy estaríamos dando en favor de
las personas con discapacidad en relación con poder tener acceso a la
información.
Les quiero compartir
que el Estado mexicano está obligado a crear políticas y estrategias
encaminadas a la implementación de mecanismos que permitan el acceso a la
información a las personas con discapacidad, particularmente de aquellas que
viven con discapacidad auditiva, quienes necesitan de la implementación de
acciones que les permitan contar con intérpretes de lengua, de señas mexicanas,
subtítulos en español.
La Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece en su artículo
segundo, que la comunicación incluirá la visualización de textos, mientras que
su artículo 21 señala que se debe facilitar a las personas con discapacidad,
información digital dirigida al público en general, de manera oportuna y sin
costo adicional y en formatos accesibles.
Estos preceptos
retomados por la Ley General para la Inclusión de las Personas con
Discapacidad, nos dejan de manifiesto que en el camino a la plena armonización
de los derechos de las personas con discapacidad, resulta viable apoyar las
reformas legislativas tendientes a promover el acceso a la información de las
personas con discapacidad auditiva y personas con discapacidad visual en
México.
El INEGI señala que
en México hay un millón 270 mil personas con discapacidad auditiva, quienes se
enfrentan a diversas problemáticas para acceder a la información, debido a que
son muy pocos los espacios y medios de comunicación que cuentan con formatos
accesibles que les permitan ejercer su derecho a la información.
En este sentido, la
Ley General de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece en la fracción
primera del artículo 258, como derecho de las audiencias con discapacidad, que
con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades, contarán con
servicios de subtitulaje, doblaje al español y lengua de señas mexicanas, para
accesibilidad a personas con debilidad auditiva.
Senadoras y
senadores, en el Senado de la República nos hemos caracterizado en ser
promotores del respeto de las personas con discapacidad y su inclusión en la
sociedad, así como la misma convicción que tenemos, es necesario continuemos
trabajando y respaldando las medidas afirmativas que tengan como propósito
abonar en su favor y en favor de sus derechos.
Por lo anteriormente
expuesto, en el Grupo Parlamentario del PRI nos congratulamos del gran paso que
damos hoy como Senado de la República, en favor de las personas con
discapacidad, y votaremos por supuesto a favor de este dictamen, que tiene como
objeto justamente establecer un mecanismo que se traduzca en una igualdad de
oportunidades para el acceso a la información del trabajo legislativo,
cumpliendo con los compromisos adquiridos por el Estado mexicano, y más aún con
nuestra obligación de responder a las necesidades de quienes representamos y
cuya confianza nos ha permitido trabajar directamente desde el Congreso en
favor del respeto de sus derechos.
Por su atención y
estoy segura que también por su respaldo, muchísimas gracias compañeras y
compañeros.
Es cuanto, señor
presidente.
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