SEN. LUIS
MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA
PRESIDENTE
DE LA MESA DIRECTIVA
CÁMARA DE
SENADORES
P R E S E
N T E
HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA, DIVA HADAMIRA
GASTÉLUM BAJO, LILIA GUADALUPE MERODIO REZA, ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA,
MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR, CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO y JUANA
LETICIA HERRERA ALE, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción II, 276 y demás aplicables
presentamos ante esta Soberanía, una proposición con Punto de Acuerdo, al tenor
de las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.- La
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tuvo sus
orígenes a finales de los años ochenta, propuesta por Italia.
Posteriormente, en 1993, la Organización de las
Naciones Unidas adoptó las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad, normas que sirvieron de modelo para la
legislación de muchos países, ya que proporcionaron lineamientos de políticas
públicas sobre la promoción de las oportunidades para las personas con
discapacidad. Sin embargo, dichos instrumentos carecieron del poder jurídico
vinculante necesario para que los Estados Parte que las aprobaron se sujetaran
a ellas.
Derivado de lo anterior, surgió la necesidad de
realizar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en
donde se establecieran obligaciones jurídicas para los Estados que la firmen y
ratifiquen.
El propósito de la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad, es promover, proteger y garantizar el disfrute
pleno del conjunto de los derechos humanos por las personas con discapacidad,
retomando una serie de ámbitos fundamentales como la accesibilidad, la libertad
de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la rehabilitación, la
participación en la vida política, la igualdad y la no discriminación, sin
necesidad de crear algún derecho nuevo y únicamente expresando los derechos
existentes que deberán atender íntegramente las necesidades y la situación de
las personas con discapacidad.
Sus antecedentes
recientes, relacionados con México, son desde el 13 de diciembre de 2006,
cuando el Comité Especial de la Organización de las Naciones Unidas, encargado
de preparar una Convención Internacional amplia e integral para proteger y
promover los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad, aprobó el
texto definitivo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad.
Posteriormente, el 30 de
marzo de 2007, el Ejecutivo Federal firmó el documento, enviándolo al Senado de
la República para su aprobación y trámite correspondiente, que tuvo efecto el
27 de septiembre del mismo año, siendo publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de octubre siguiente, entrando en vigor el 3 de mayo de 2008.
2.- Dentro de
sus mecanismos de control y seguimiento, la Convención establece la creación de
un Comité sobre los derechos de
las personas con discapacidad, el cual estará conformado por 18 expertos, quienes se encargarán de evaluar los Informes presentados por los Estados
Partes.
Dichos informes deberán contemplar las medidas que hayan adoptado para
cumplir sus obligaciones conforme a la presente Convención, en los cuales se
podrán indicar factores y dificultades que afecten al grado de cumplimiento de
las obligaciones contraídas.
En ese sentido, dentro de los dos años
posteriores a la entrada en vigor de la Convención (3 de mayo de 2008), los
Estados Parte entregarán su primer Informe respecto de las medidas diseñadas e
implementadas para hacer frente a la responsabilidad que implica el
cumplimiento del tratado internacional.
En virtud de lo anterior, los pasados días 16 y 17 de septiembre, el
Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad en sus sesiones 145ª
y 146ª examinó el informe inicial de México, aprobando las observaciones
finales en la 167ª sesión, celebrada el 30 de septiembre de 2014.
Dentro de estas observaciones se recomienda al
Estado Mexicano lo siguiente:
· El Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos en el
ámbito del proceso de armonización legislativa con la Convención a fin de que
todos los estados federales eliminen terminología derogatoria de los derechos
de las personas con discapacidad.
· El Comité recomienda al Estado parte que establezca mecanismos regulares
para convocar consultas con las organizaciones de personas con discapacidad,
asegurando que sus opiniones sean consideradas adecuadamente.
· Recomienda al Estado parte establecer líneas presupuestarias específicas
para cumplir sus objetivos en materia de igualdad, así como acciones
específicas para combatir casos de discriminación interseccional, basadas en la
discapacidad, la edad, el género, la pertenencia a pueblos indígenas y la
ruralidad, entre otros factores de exclusión.
· Poner en marcha la legislación y todos los programas y acciones
previstas para las mujeres y niñas con discapacidad, incluidas medidas de
nivelación y acción afirmativa, para erradicar su discriminación en todos los
ámbitos de la vida, garantizando su participación efectiva en su diseño e
implementación.
· Garantizar la consideración de los niños y niñas con discapacidad en la
legislación, políticas y medidas dirigidas a la infancia del Estado parte bajo
el principio de igualdad de condiciones.
· Diseñar e implementar un Plan Nacional de Accesibilidad aplicable al
entorno físico, al transporte, a la información y a las comunicaciones.
· Adoptar un plan nacional de atención en situaciones de riesgo y
emergencias humanitarias, que incluya de manera transversal a las personas con
discapacidad, y a las instituciones que las atienden.
· Implementar las medidas legislativas, financieras y otras que sean
necesarias para asegurar la vida independiente de las personas con discapacidad
en la comunidad.
· Revisar y armonizar su Código Civil para garantizar los derechos de
todas las personas con discapacidad a casarse y a ejercer la custodia, la
tutela y la guarda de sus hijos e hijas.
· Reconocer en su legislación y políticas un sistema de educación
inclusiva en todos los niveles de la educación –primaria, secundaria y
superior-, y el desarrollo de ajustes razonables con recursos presupuestarios
suficientes y formación adecuada de los docentes regulares.
· Fortalecer con recursos adecuados los programas de acceso al empleo para
las personas con discapacidad, en particular personas con discapacidad
intelectual y psicosocial incluyendo medidas que incentiven su contratación en
el sector privado.
3.- Es una
realidad que el Estado Mexicano ha trabajado en favor de la protección integral
de los derechos humanos de las personas con discapacidad, como lo demuestran el
mismo Comité al señalar que reconoce la adopción de legislación y de políticas
públicas así como los protocolos y directivas con el propósito de promover y
proteger los derechos de las personas con discapacidad, entre los que destacan:
·
La Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (2011);
·
La reforma a la Ley Federal para Prevenir
y Eliminar la Discriminación (2014);
·
La Ley en materia de
Telecomunicaciones y de Radiodifusión (2014);
·
El Programa Nacional de Derechos
Humanos 2014-2018;
·
El Programa Nacional para el
Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2014-2018;
·
El Programa Nacional de Trabajo y
Empleo para las Personas con Discapacidad (2014-2018);
·
El Programa Nacional para la
Igualdad y la No-discriminación (2014-2018);
·
El Programa Integral para
Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
2013-2018;
·
El Programa de Prevención,
Rehabilitación e Inclusión social de las Personas con Discapacidad;
·
El Programa especial de Migración
de 2014; y
·
El Protocolo para la Impartición
de justicia en casos que involucren a personas con discapacidad.
Adicionalmente a ello, tenemos que reconocer que
los esfuerzos continúan y que la presente administración no ha sido omisa a
ello, ya que entre las diversas acciones que contempla el Plan
Nacional de Desarrollo para al actual sexenio, establece por vez primera en la
historia del país, la elaboración del Programa Nacional para el Desarrollo y la
Inclusión de las Personas con Discapacidad[1].
Asimismo en materia de inclusión, dentro de sus
estrategias, destaca lo siguiente:
VI.2.
México Incluyente
Objetivo
2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
Estrategia 2.2.4. Proteger los derechos de las personas con
discapacidad y contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena.
Líneas de acción
·
Establecer esquemas de
atención integral para las personas con discapacidad, a través de acciones que
fomenten la detección de discapacidades, estimulación temprana y su
rehabilitación.
·
Diseñar y ejecutar
estrategias para incrementar la inclusión productiva de las personas con
discapacidad, mediante esquemas de capacitación laboral y de vinculación con el
sector productivo.
·
Asegurar la construcción
y adecuación del espacio público y privado, para garantizar el derecho a la
accesibilidad.
4.- Es necesario que
como Estado trabajemos en la creación, desarrollo y fortalecimiento de las
medidas y políticas tendientes a garantizar la inclusión de las personas con
discapacidad y el respeto pleno de sus derechos.
Ello, en virtud de que las recomendaciones
realizadas por el Comité de la ONU a México, como Estado, consta de acciones
que por la distribución de competencias y ámbitos, competen a los tres órdenes
de gobierno, es imperante que conozcan las recomendaciones señaladas y
trabajemos en su cumplimentación.
Por lo anteriormente descrito, con el firme
propósito de promover el trabajo a favor de las 7.7 millones de personas que
viven con discapacidad en México, se somete a consideración del Pleno la siguiente
Proposición con:
PUNTO DE
ACUERDO
ÚNICO.- El Senado de la República exhorta
respetuosamente a la Federación y a las Entidades Federativas en sus tres
poderes, así como a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito
Federal, a publicitar y darle puntual seguimiento a las Observaciones
realizadas por el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad, al
informe inicial de México respecto del cumplimiento de la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
Salón de
Sesiones de la H. Cámara de Senadores, a 9 de octubre de 2014.
SENADORA
HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA
SENADORA DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO
SENADORA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA
SENADORA ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA
SENADORA MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR
SENADORA CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO
SENADORA JUANA LETICIA HERRERA ALE.
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