México, D. F., a 9 de octubre de 2014.
La
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad tiene sus
antecedentes recientes con México desde el 13 de diciembre de 2006, cuando el
Comité Especial de la Organización de las Naciones Unidas aprobó el texto
definitivo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, firmado por el Ejecutivo Federal el 30 de marzo de 2007, aprobado
por el Senado de la República el 27 de setiembre de ese mismo año, entrando en
vigor el 3 de mayo de 2008.
Dentro de sus mecanismos de
control y seguimiento, la Convención establece la creación de un Comité sobre los derechos
de las personas con discapacidad que se encargarán de evaluar los Informes presentados por los Estados
Partes.
Dichos informes deberán contemplar las medidas que
hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la presente Convención,
en los cuales se podrán indicar factores y dificultades que afecten al grado de
cumplimiento de las obligaciones contraídas.
En ese
contexto, los pasados días 16 y 17 de septiembre, el Comité sobre los derechos
de las personas con discapacidad examinó el
informe inicial de México, emitiendo, entre otras, las observaciones
siguientes:
· Redoblar los esfuerzos en el proceso de armonización legislativa con la
Convención a fin de que todos los estados federales eliminen terminología
derogatoria de los derechos de las personas con discapacidad.
· Establecer líneas presupuestarias específicas para cumplir sus objetivos
en materia de igualdad, así como acciones específicas para combatir casos de
discriminación.
· Poner en marcha la legislación y todos los programas y acciones
previstas para las mujeres y niñas con discapacidad, incluidas medidas de nivelación
y acción afirmativa que promuevan su inclusión.
· Adoptar un plan nacional de atención en situaciones de riesgo y
emergencias humanitarias.
· Implementar las medidas legislativas, financieras y otras que sean
necesarias para asegurar la vida independiente de las personas con discapacidad
en la comunidad.
· Revisar y armonizar la legislación civil para garantizar los derechos de
todas las personas con discapacidad a casarse y a ejercer la custodia, la
tutela y la guarda de sus hijos e hijas.
· Fortalecer con recursos adecuados los programas de acceso al empleo para
las personas con discapacidad, en particular personas con discapacidad
intelectual y psicosocial incluyendo medidas que incentiven su contratación en
el sector privado.
Es una realidad que el Estado
Mexicano ha trabajado en favor de la protección integral de los derechos
humanos de las personas con discapacidad, como lo demuestran el mismo Comité al
señalar que reconoce la adopción de legislación y de políticas públicas así
como los protocolos y directivas con el propósito de promover y proteger los
derechos de las personas con discapacidad, entre los que destacan:
· La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
(2011).
· El Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas
con Discapacidad 2014-2018.
· El Programa de Prevención, Rehabilitación e Inclusión social de las
Personas con Discapacidad.
Adicionalmente a
ello, tenemos que reconocer que los esfuerzos continúan y que la presente
administración no ha sido omisa a ello, ya que entre las diversas acciones que contempla el
Plan Nacional de Desarrollo para al actual sexenio, establece por vez primera
en la historia del país, la elaboración del Programa Nacional para el
Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Compañeras Senadoras
y compañeros Senadores:
Es necesario que
como Estado trabajemos en la creación, desarrollo y fortalecimiento de las
medidas y políticas tendientes a garantizar la inclusión de las personas con
discapacidad y el respeto pleno de sus derechos.
Ello, en virtud de
que las recomendaciones realizadas por el Comité de la ONU a México, consta de
acciones que por la distribución de competencias y ámbitos, son obligaciones de
los tres órdenes de gobierno, por lo que es imperante que conozcamos las
recomendaciones y trabajemos en su cumplimentación.
Por lo
anteriormente descrito, con el firme propósito de promover el trabajo a favor
de las 7.7 millones de personas que viven con discapacidad en México, someto a su consideración el presente Punto de Acuerdo que tiene como
finalidad, exhortar
respetuosamente a la Federación y a las Entidades Federativas en sus tres
poderes, así como a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito
Federal, a publicitar y darle puntual seguimiento a las Observaciones
realizadas por el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad, al
informe inicial de México respecto del cumplimiento de la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
Por su atención, muchas gracias.
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